La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso una serie de modificaciones en el régimen de importación temporaria de mercaderías destinadas al perfeccionamiento industrial, un mecanismo ampliamente utilizado por empresas manufactureras que incorporan insumos importados para transformarlos y posteriormente exportarlos.
Los cambios fueron formalizados mediante la Resolución General 5854/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. Según explicó el organismo, las adecuaciones buscan optimizar los procesos logísticos y administrativos tanto para los operadores privados como para el propio servicio aduanero, en línea con los objetivos de simplificación y modernización de los procedimientos de comercio exterior.
Uno de los principales cambios está vinculado a las solicitudes de prórroga para la permanencia de la mercadería bajo este régimen. A partir de ahora, los importadores deberán presentar el pedido con una anticipación mínima de diez días hábiles respecto del vencimiento del plazo original, utilizando el Sistema Informático de Trámites Aduaneros (SITA).
Además, el declarante deberá informar formalmente a la aduana donde se registró la operación sobre la presentación de la solicitud.
Desde ARCA señalaron que la modificación apunta a otorgar mayor previsibilidad a los procesos de control y evaluación de los pedidos, permitiendo una mejor planificación de las tareas aduaneras.
Qué ocurre si la prórroga es rechazada
La normativa también establece un procedimiento específico para los casos en que la extensión sea denegada. Si el rechazo se produce una vez vencido el plazo original de permanencia, el operador contará con veinte días hábiles desde la notificación para regularizar la situación de la mercadería.
En materia de garantías, el organismo dispuso que sólo será necesario presentar un refuerzo cuando el total de los tributos que corresponderían a una importación para consumo —calculados sobre el saldo de mercadería pendiente más un 2% mensual por el tiempo de permanencia— supere el monto originalmente garantizado.
Mayor control sobre la documentación técnica
Otro de los cambios relevantes está relacionado con la documentación técnica de las operaciones. ARCA determinó que el Certificado de Tipificación de Importación Temporaria (CTIT) deberá presentarse en formato físico al momento de solicitar la aprobación técnica y la fiscalización de las destinaciones.
Asimismo, el servicio aduanero verificará que la relación entre insumos y productos finales coincida con la información consignada en el certificado correspondiente y que las exportaciones o nacionalizaciones de mermas, residuos y sobrantes respeten los porcentajes previamente declarados.
Con estas modificaciones, el organismo busca reforzar la trazabilidad de las operaciones sin alterar el funcionamiento general de un régimen considerado clave para numerosas actividades industriales orientadas a la exportación.







